06 Oct LOS BANCOS A TRABAJAR
Los bancos deberán mandar un preaviso a las pymes cuya financiación vaya a ser cancelada
-Los inversores podrán invertir hasta un máximo de 10.000 euros anuales y no más de 3.000 por proyecto en actividades de micromecenzago o «crowfounding».
Las entidades de crédito españolas deberán ofrecer preavisos de al menos tres meses a aquellas pymes cuya financiación vaya a ser cancelada o notablemente reducida (un 35 % o más). Esta es una de las medidas que se incluyen en el Proyecto de Ley de Fomento de la Financiación Empresarial, aprobado este viernes en Consejo de Ministros cuyo objetivo es mejorar los canales de financiación de las empresas, en especial las pymes, según ha asegurado el Ejecutivo.
De esta manera, las pymes que se vean afectadas por una reducción o cancelación de su financiación deberán recibir por parte de las entidades un preaviso de tres meses, en tanto que también podrá pedir a la banca informes sobre su situación o incluso su calificación crediticia, según ha explicado el ministro de Economía Luis de Guindos en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Así, junto con el preaviso, se otorga a las pymes el derecho a obtener de la entidad bancaria información sobre su posición financiera, historial de pagos, extracto, calificación crediticia, y su calificación crediticia de conformidad con la metodología específica para pymes que desarrollará el Banco de España para que así puedan irse a otra entidad de crédito. Así lo ha explicado el ministro de Economía Luis de Guindos en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Las solicitudes de las pymes deberán ser atendidas en el plazo de diez días hábiles y de forma gratuita. Además, podrán solicitar estos datos en cualquier otro momento y de forma incondicionada, petición que deberá atenderse en el plazo de 15 días y a un coste reducido, añade la norma.
Inversión para el «crowdfunding»
Los inversores particulares y no cualificados podrán invertir hasta un máximo de 10.000 euros anuales y no más de 3.000 por proyecto en actividades de micromecenzago o “crowfounding” según el proyecto de ley de Fomento de la Financiación empresarial aprobado hoy por el Gobierno.
Entre otras cosas, se establece un régimen jurídico para las plataformas de internet que este tipo de inversión o participación en proyectos empresariales, con lo que se contará con un marco adecuado que permita la protección de los inversores al tiempo que se pone en marcha una herramienta novedosa de financiación.
De este modo, se distingue entre inversores acreditados e inversores no acreditados. Los primeros son inversores institucionales o empresas que superen un millón de euros de activos, dos millones de euros de cifra de negocio, o 300.000 de recursos propios.
También serán inversores cualificados, y podrán invertir sin límite, las personas físicas o jurídicas cuyos niveles de renta superen los 50.000 euros al año o tengan un patrimonio superior a 100.000 euros.
En tanto que el resto de inversores, minoristas, podrán invertir sólo 3.000 euros anuales en cada proyecto y un máximo de 10.000 euros anuales en distintas inversiones de este tipo. Estos pequeños inversores tendrán que firmar de su puño y letra su consentimiento, en el que figurará que han sido advertidos de los riesgos.
Luis de Guindos ha indicado durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que este tipo de micromecenazgo supone una idea aún novedosa en el mundo económico, pero es corriente en el mundo desarrollado, que tiene que estar “abierto” a este tipo de iniciativas. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) será la encargada de supervisar esta actividad en aquellos casos en los que se dé intermediación de préstamos.
(Noticia extraída de ABC incluida en el boletín informativo del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España nº 170/2014 del 06-10-2014.)
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