13 May DULCE SABOR AMARGO
LOS TRABAJADORES EN ERTE QUE RECHACEN REINCORPORARSE PUEDEN SER DESPEDIDOS
La negativa de un trabajador en ERTE a reincorporarse a su puesto cuando el empresario se había reservado la opción de ir recuperando anticipadamente a la plantilla es causa de despido disciplinario. Así lo establece una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, que estos días cobra plena actualidad teniendo en cuenta que muchas empresas en ERTE por fuerza mayor por la Covid-19 están entrando en fase de desescalada.
El fallo (cuyo texto puede consultar aqui), confirma el cese de un empleado, afectado por un ERTE que rechazó volver al trabajo cuando su empresa le notificó su decisión de reincorporarle antes del tiempo estipulado. La sala concluye que su comportamiento es constitutivo de una falta muy grave, y, por tanto, merecedor de despido disciplinario.
ERTE por Covid-19
La empresa puede proceder a la extinción disciplinaria de un empleado alegando faltas injustificadas al trabajo que, hallándose afectado por un ERTE con causa de fuerza mayor por el COVID-19 y debidamente autorizado por la autoridad laboral, rechace sin causa justificada su reincorporación al puesto de trabajo. En este caso, no se entendería incumplida la garantía de mantenimiento de empleo por seis meses de duración.
No existen causas tasadas que justifiquen la ausencia del trabajador, recayendo en los tribunales la valoración de la gravedad de la falta y la proporcionalidad del cese. Uno de los motivos que podrían aducirse en este momento es el cuidado de menor o familiar a cargo. Teniendo en cuenta las medidas laborales aprobadas para hacer frente a la crisis, el trabajador podrá solicitar una adaptación o reducción de jornada, de hasta el 100 %, “lo cual posibilitaría al trabajador ausentarse de su puesto de trabajo de un modo lícito y justificado”.
El hecho de rechazar la reincorporación y no justificar la ausencia avala la decisión de la empresa, más si tiene que contratar a otra persona en su lugar. La empresa no procede de forma abusiva puesto que esta actuación responde a causas objetivas previstas legalmente.
Si su empresa se encuentra ante un caso similar de que tras haber llamado y comunicado al trabajador su fecha de incorporación éste no lo hiciese rogamos se pongan en contacto con este despacho para proceder correctamente ante la situación con el objetivo de evitar una situación gravosa para la empresa.
Fuente: edición digital de cincodias.elpais.com del 12-05-2020 y elaboración propia.
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